🟦 Nuevo umbral salarial para la Tarjeta Azul‑UE en España

🟦 Nuevo umbral salarial para la Tarjeta Azul‑UE en España

🟦 Nuevo umbral salarial para la Tarjeta Azul‑UE en España

🏛️ Introducción

El Gobierno de España ha publicado la Orden PJC/44/2026, que establece el nuevo umbral salarial mínimo para la concesión de la autorización de residencia dirigida a profesionales altamente cualificados titulares de la Tarjeta Azul‑UE. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de enero de 2026, representa un paso decisivo en la adaptación de la normativa española a la Directiva (UE) 2021/1883, cuyo objetivo es reforzar la atracción de talento internacional en el ámbito europeo.

La Tarjeta Azul‑UE es un instrumento clave para facilitar la movilidad y residencia de profesionales de terceros países con alta cualificación, permitiendo a España competir en igualdad de condiciones con otros Estados miembros en la captación de talento global.

📘 Contexto normativo y europeo

La Directiva (UE) 2021/1883 reformó el marco de la Tarjeta Azul‑UE para hacerlo más flexible y eficaz, sustituyendo a la Directiva 2009/50/CE. Esta reforma amplió los derechos de movilidad y redujo barreras administrativas para profesionales extranjeros.

España incorporó parcialmente esta normativa mediante la Ley 14/2013, modificada por la Ley 11/2023, que introdujo mejoras en materia de migración de personas altamente cualificadas. La nueva orden ministerial concreta el requisito salarial previsto en el artículo 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013.

La norma se elaboró siguiendo los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad y seguridad jurídica, y tras consulta con los interlocutores sociales en la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

💶 El nuevo umbral salarial

El artículo 2 de la Orden PJC/44/2026 establece que el salario bruto anual exigido para obtener la Tarjeta Azul‑UE deberá ser igual o superior a 1,4 veces la ganancia media anual bruta por trabajador publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

📊 Ejemplo práctico: Si la ganancia media anual bruta del INE para 2023 fue de 28.000 €, el umbral mínimo sería de 39.200 € (1,4 × 28.000 €).

Este valor se actualizará automáticamente cada vez que el INE publique una nueva Encuesta de Estructura Salarial.

🔽 Coeficiente reductor del 0,8

La orden permite aplicar un coeficiente reductor del 0,8 del umbral salarial en dos supuestos:

1️⃣ 👷‍♂️ Ocupaciones de difícil cobertura: Profesiones de los grupos 1 y 2 de la CNO 2011 incluidas en el catálogo de difícil cobertura.

2️⃣ 🎓 Recientes titulados: Profesionales que hayan obtenido su cualificación como máximo tres años antes de presentar la solicitud.

Este ajuste facilita la incorporación de talento joven y especializado en sectores estratégicos como ingeniería, tecnología, sanidad o investigación.

🗂️ Procedimiento de aplicación y actualización

El artículo 3 establece que:

  • El órgano competente aplicará el umbral vigente al momento de la solicitud.
  • Cuando el INE publique una nueva encuesta salarial, el nuevo umbral se aplicará un mes después.
  • La Dirección General de Gestión Migratoria presentará un informe anual ante la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

Si existen circunstancias económicas excepcionales, la comisión podrá proponer una nueva orden para ajustar el umbral.

🌐 Publicidad y transparencia

El cálculo del umbral salarial y sus actualizaciones se publicarán en el portal web de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Esto garantiza transparencia y permite a empresas y profesionales conocer los requisitos antes de iniciar el trámite.

🛂 Disposiciones transitorias

  • Las autorizaciones ya concedidas mantienen su validez y posibles prórrogas.
  • Las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor se resolverán conforme a la normativa anterior, salvo que el interesado solicite acogerse al nuevo régimen y cumpla los requisitos.

⚖️ Competencia y entrada en vigor

La orden se dicta al amparo del artículo 149.1.2ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de inmigración y extranjería.

📅 Entró en vigor el 31 de enero de 2026.

🏢 Impacto en empresas y profesionales

Para empresas

  • Aporta seguridad jurídica y claridad en la contratación de talento extranjero.
  • Permite diseñar ofertas laborales competitivas y conformes a la normativa.

Para profesionales

  • Refuerza la transparencia y garantiza condiciones laborales acordes al mercado español.
  • Facilita la movilidad internacional y el reconocimiento de la alta cualificación.

Para España

  • Consolida al país como un destino atractivo para el talento global.
  • Alinea la política migratoria con los objetivos europeos de competitividad.

🧭 Recomendaciones prácticas

✔️ Empresas: Verificar que el salario cumple el umbral vigente y que la ocupación está correctamente clasificada. ✔️ Profesionales: Asegurarse de que la titulación y experiencia cumplen los requisitos de alta cualificación. ✔️ Despachos y consultorías: Actualizar procedimientos internos y plantillas de contrato según los nuevos umbrales del INE.

🟦 Conclusión

La Orden PJC/44/2026 supone un avance significativo en la política migratoria española, reforzando la coherencia con la normativa europea y la transparencia en la gestión de la Tarjeta Azul‑UE. Con un umbral salarial claro, actualizado y adaptado al mercado, España se posiciona como un país competitivo y atractivo para el talento global.

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