Etapa 1: Elección y Reserva de la Denominación Social
Solicitud de una certificación negativa de denominación al Registro Mercantil Central. Este certificado acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre y reserva la denominación elegida durante un tiempo determinado para que los fundadores puedan completar la constitución.
Etapa 2: Aportación del Capital Social y Apertura de Cuenta Bancaria
Asistencia para la apertura de cuenta bancaria y aportación de capital.
Según el Artículo 4 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, modificado por la Ley de creación y crecimiento de empresas, el capital mínimo es de 1 euro. Sin embargo, es común aportar 3.000 euros para evitar ciertas obligaciones y responsabilidades adicionales que la ley impone a las sociedades con un capital inferior a esa cifra.
Apertura de cuenta bancaria a nombre de la sociedad «en constitución».
Ingresar el capital social acordado en dicha cuenta.
La entidad bancaria emitirá un certificado de depósito que acredita la aportación dineraria. Este certificado es imprescindible para presentarlo ante el Notario.
Etapa 3: Otorgamiento de la Escritura Pública de Constitución
Asistencia para este acto formal de creación de la sociedad ante un fedatario público.
Se debe comparecer ante un Notario para firmar la escritura pública de constitución.
Preparación del acto con los puntos básicos siguientes:
- La identidad de los socios fundadores.
- La denominación social, el objeto social (actividades a realizar, identificadas con su código CNAE), y el domicilio.
- El capital social, el número de participaciones y su reparto entre los socios.
- Los Estatutos Sociales.
- El nombramiento y la estructura del órgano de administración (por ejemplo, administrador único, administradores solidarios, etc.).
Etapa 4: Trámites Fiscales y Registrales Finales
Una vez firmada la escritura, se deben realizar los siguientes trámites para que la sociedad adquiera plena personalidad jurídica y pueda operar.
- Apertura definitiva de la cuenta bancaria
- Solicitud del NIF provisional
- Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP y AJD)
- Inscripción en el Registro Mercantil
- Declaración Censal y Alta en Actividades Económicas
- Obtención del NIF definitivo
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